El sindicato UGT de Zamora celebra hoy la sentencia del Tribunal Supremo que considera ilegal despedir en verano al profesorado interino. Apuntan que gracias a la negociación, sindicatos como UGT han conseguido que hasta el año 2011 la tónica general fuera que los profesores y profesoras contratados al inicio de curso para cubrir una plaza vacante en centros públicos estuvieran empleados hasta el 31 de agosto del año siguiente, o hasta el 14 de septiembre -en el caso de enseñanzas medias-; es decir, por todo el curso escolar. Como consecuencia, durante los meses de julio y agosto seguían cobrando normalmente y completaban las tareas de septiembre con los exámenes de recuperación.

Desde el año 2012, los profesores interinos de los cuerpos docentes han tenido que enfrentarse a una situación que se ha repetido en la mayor parte de las comunidades autónomas: su despido el 30 de junio, generando desigualdades importantes, no solo con respecto al profesorado funcionario, sino entre los propios docentes interinos y por territorio -es distinto contrato por vacante o por sustitución-. No obstante, explican que en este momento, sigue habiendo comunidades en las que las contrataciones por sustitución, como es el caso de Castilla- La Mancha, sigue sin percibir la retribución del verano.

Desde UGT valoran de manera positiva la sentencia del Tribunal Supremo que considera ilegal que los profesores interinos que son contratados en septiembre para ejercer durante todo el curso escolar sean cesados el 30 de junio y no se les pague los meses de julio y agosto, ya que “puede servir para que las Administraciones educativas reconozcan de oficio un derecho que de otra forma se tiene que reclamar individualmente”

UGT defiende así que el profesorado interino recupere los derechos perdidos desde que se empezaron a aplicar los reales decretos de recortes, ya que entendemos que no puede haber discriminación del profesorado interino frente a sus compañeros funcionarios de carrera.

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