Restringido el tránsito entre las diez de la noche y las seis de la mañana

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado​ desplegaron esta pasada noche sus primeros controles con motivo del primer día de toque de queda en Zamora. Desde las diez de la noche y hasta las seis de las mañana se limita parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en toda la Comunidad de Castilla y León, por motivos muy graves de salud pública, según el acuerdo aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta.

Para controlar que se cumple con el toque de queda, la guardia civil y la policía nacional y municipal reforzaban anoche su presencia en las calles para garantizar así el cumplimiento de la norma.

El acuerdo establece, entre otras cuestiones, medidas y excepciones, que únicamente se podrá circular por vías y espacios públicos para la realización de las siguientes actividades, siempre de forma debidamente justificada: adquisición de productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada; y retorno al lugar de residencia habitual, tras haber realizado las actividades anteriores.

Durante ese período de toque de queda establecido entre las diez de la noche y las seis de la mañana del día siguiente, en todo el territorio castellano y leonés se permitirá únicamente la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades anteriormente referidas o para el repostaje en gasolineras y estaciones de servicio.

La circulación de vehículos por carretera y viales que transcurran o atraviesen el ámbito territorial de Castilla y León estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

En todo caso, en cualquier desplazamiento permitido efectuado durante esas horas, deberán respetarse las órdenes y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

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