El Equipo de Gobierno achaca a un error de transcripción que no figure en los presupuestos el concepto de fiscalización limitada

El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora ha aclarado que la Comisión de Hacienda convocada este lunes se ha realizado con el fin de aclarar las dudas que han podido surgir sobre si existe en estos momentos fiscalización limitada o fiscalización plena en el Ayuntamiento de Zamora.

Recuerdan desde el Consistorio que en pleno ordinario de 21 diciembre de 2018 se aprobó, a propuesta de la Intervención Municipal, y sin ningún voto en contra, la fiscalización limitada previa de los requisitos básicos, que se ajusta en cuanto a su contenido y su procedimiento a la Ley de Haciendas Locales.

Este tipo de fiscalización es la que se realiza por parte de los correspondientes departamentos de Intervención en las estructuras del Estado, de las Comunidades Autónomas y de la mayoría de los Ayuntamientos capitales de provincia.

Este acuerdo debió de recogerse en las bases de ejecución del Presupuesto de 2019, el cual no llegó a aprobarse en Pleno, ya que la oposición entonces votó en contra. En consecuencia, esas bases que forman parte del Presupuesto no llegaron a modificarse para introducir el acuerdo del Pleno de fiscalización limitada.

“Nadie discutió la vigencia de ese acuerdo de obligado cumplimiento y, por tanto, la Intervención Municipal ha realizado su trabajo en base a ese acuerdo de Pleno desde diciembre de 2018 hasta agosto de 2020 con normalidad y transparencia”, expresan desde el Equipo de Gobierno.

Sin embargo, en el Presupuesto de 2020, aprobado en diciembre de 2019 en sus bases de ejecución, y en concreto en su base nº 49, no se recogió el acuerdo de Pleno de fiscalización limitada y permaneció el concepto de fiscalización plena, lo cual, evidentemente, es un error material.

“Se afianza el criterio de que es una transcripción errónea en las bases de ejecución, en el hecho de que la Intervención siempre aplicó el acuerdo de Pleno mencionado desde su aprobación en diciembre de 2018”, afirman.

Sin embargo, es recientemente cuando el Interventor del Ayuntamiento, en concreto en agosto de este año, cuando interpreta que lo que están vigentes son las bases del Presupuesto de 2020 y por lo tanto la fiscalización plena.

Existe pues, una discrepancia entre la opinión del Interventor y el trabajo realizado desde diciembre de 2018 por parte de los funcionarios de la Intervención Municipal.

Esta discrepancia es lo que se ha llevado hoy a la Comisión de Hacienda y se trasladará al Pleno con la propuesta de mantener en vigor lo acordado en diciembre de 2018 y para que no haya ninguna duda.

Tanto la fiscalización limitada como la plena son perfectamente legales y es el Pleno, a propuesta de la propia Intervención la que acuerda una u otra, siendo la norma general que la plena se aplica en Ayuntamientos pequeños y a medida que aumenta su complejidad y volumen económico se opte por la limitada que tiene todas las garantías que marca la Ley para contralar las cuentas de cualquier entidad.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí