Antidio Fagúndez y José Fernández subrayan que la medida refuerza la sostenibilidad del sistema, fijando un marco estable de revalorización de las pensiones con el IPC medio del año anterior, además de flexibilizar las condiciones para la jubilación anticipada

Los parlamentarios nacionales del PSOE de Zamora, el diputado Antidio Fagúndez y el senador José Fernández, han resaltado hoy Miércoles la importancia para la provincia del “Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones’, aprobado por el Consejo de Ministros en su sesión de ayer martes.

Antidio Fagúndez y José Fernández han destacado que con esta medida el “Gobierno de España garantizará el poder adquisitivo de los 48.074 pensionistas de la provincia de Zamora, al igual que las del conjunto de los 9.854.685 de perceptores de una pensión en el conjunto del territorio nacional.

El proyecto de ley aprobado por el gobierno garantiza el poder adquisitivo de las pensiones y refuerza la sostenibilidad del sistema, fijando un marco estable de revalorización de las pensiones con el IPC medio del año anterior, además de flexibilizar las condiciones para la jubilación anticipada y crea más incentivos para la demorada y equiparar la regulación en Clases Pasivas sobre la revalorización y los incentivos de demora.

Este texto, que supone la modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, recoge una parte importante de las recomendaciones aprobadas por el Pacto de Toledo el pasado otoño que también se integran en el componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La nueva norma fijará un nuevo marco estable de revalorización de las pensiones. El nuevo mecanismo prevé que el 1 de enero de cada año se incrementarán las pensiones de acuerdo con la inflación media anual registrada en el ejercicio anterior. En el caso de que se produzca un año de IPC negativo, la cuantía de las pensiones quedará inalterada. Con este nuevo mecanismo se da cumplimiento a la recomendación 2ª del Pacto de Toledo, se garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y se corrige definitivamente la fórmula introducida en 2013, cuya aplicación está suspendida desde 2018.

Se incluye en el texto que los pensionistas de Clases Pasivas tengan la misma regulación en este aspecto. Además, se incorporan diversas medidas dirigidas a acercar voluntariamente la edad efectiva a la edad ordinaria de jubilación. En este sentido, se fijan cuatro vías de actuación: la revisión de la jubilación anticipada tanto voluntaria como involuntaria y por razón de la actividad, la jubilación demorada, la jubilación activa y la jubilación forzosa.

En concreto, respecto a la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes pasan a ser mensuales para dar más flexibilidad a los futuros pensionistas y fomentar el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilación, con un tratamiento más favorable a las carreras de cotización más largas. Además, los coeficientes reductores relacionados con el adelanto de la edad de jubilación se aplicarán sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora de la misma, como hasta ahora.

En cuanto a la jubilación anticipada involuntaria, se mejoran dos aspectos: de un lado, se establecen coeficientes mensuales, en lugar de trimestrales; y, de otro, en relación con los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria, se aplican en la determinación de la pensión de jubilación anticipada involuntaria los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es más favorable que el hasta ahora vigente, entre otros.

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